¿Debo pagar impuestos en Colombia si vivo en el exterior?

Publicado por Lorena Suarez B | enero 8, 2024 | Actualidad
Pagar impuestos en Colombia

Vivir fuera del país o viajar durante largos periodos al exterior no significa que está exento de declarar renta o pagar impuestos en Colombia. Si usted es uno de los que pensó que porque ya no vive en colombia se salvaba de cierto correito de la DIAN, ojo. Quizás usted está evadiendo impuestos sin saberlo.

Si en estos momentos le entra la angustia y no sabe qué hacer, tranquilo. En el siguiente artículo le vamos a decir si usted debe o no pagar impuestos en la amada patria y que debería hacer si en su caso si le toca.

¿Debo pagar impuestos en Colombia si vivo en el exterior?

Identificar su concepto de residencia

En este momento usted puede pensar que porque vive en el exterior o la mayor parte del año se la pasa viajando fuera del país, usted es un residente en el exterior. La verdad es, que ante los ojos de la DIAN usted podría ser residente colombiano y usted podría estar obligado a pagar impuestos en Colombia.

Según lo estipulado en el sitio web de la DIAN 

  • «Todo nacional colombiano que permanece continua o discontinuamente en el país por más de ciento ochenta y tres (183) días calendario incluyendo días de entrada y salida del país, durante un periodo cualquiera de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario consecutivos. En el entendido que, cuando la permanencia continua o discontinua en el país recaiga sobre más de un año o período gravable, se considerará que la persona es residente a partir del segundo año o período gravable».
  • «Encontrarse, por su relación con el servicio exterior del Estado colombiano o con personas que se encuentran en el servicio exterior del Estado colombiano, y en virtud de las convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares, exentos de tributación en el país en el que se encuentran en misión respecto de toda o parte de sus rentas y ganancias ocasionales durante el respectivo año o periodo gravable».

Así que si usted es diplomático o lleva más de 183 días fuera del país en un año gravable o dos usted es un residente exterior.

¿Debo pagar impuestos en Colombia si vivo en el exterior?

Condiciones para declaración de Renta

Puede pasar, que usted sea un residente en el exterior pero que por cierta relación o condiciones en el país califique para declaración, que según la DIAN esto corresponde a que usted sea un residente fiscal y por lo tanto tenga que declarar renta o pagar impuestos en Colombia. Las condiciones para ser este tipo de residente son:

  • Que su cónyuge o pareja permanente no separado legalmente o sus hijos dependientes menores de edad, tengan residencia en Colombia.
  • Que la mitad de sus ingresos (50%) o más sean de fuente nacional (Colombiana). Es decir que,  si usted es un nómada digital que solo está en el país 30 días al año pero su sueldo llega a una cuenta bancaria en Colombia usted es un residente fiscal colombiano y por ende debe pagar impuesto en Colombia.
  • Que la mitad de sus bienes (50%) o más sean administrados en Colombia.
  • Que la mitad de sus activos (50%) o más se entiendan poseídos en Colombia.
  • Que a pesar de ser residente en el exterior haya sido requerido por la DIAN y no haya acreditado su condición de residente fuera del país para efectos tributarios
  • Que su residencia fiscal sea en una jurisdicción calificada por el gobierno colombiano como  paraíso fiscal.

impuestos en colombiaSi en este momento usted cumple una o varias de estas condiciones y está preocupado porque no ha declarado renta en años. Tranquilo, no todo está perdido. La DIAN tiene dos excepciones que en caso que usted cumpla alguna de ella quedaría exento de pagar impuestos en Colombia.

Queda exento si:

  • La fuente de la mitad de sus ingresos anuales (50%) o más se encuentran en la jurisdicción en la cual usted tiene su domicilio.
  • Que la mitad de sus activos (50%) o más se encuentren ubicados en la jurisdicción en la cual usted tiene su domicilio.

Recuerde que no pagar impuestos no significa no declarar renta por lo tanto cabe aclarar que “ Las personas naturales que no sean residentes fiscales en Colombia tendrán que utilizar el formulario 110 de Declaración de Renta y Complementario o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas y Personas Naturales y Asimiladas no Residentes y Sucesiones Ilíquidas de Causantes no Residentes.” 

Si tiene dudas con respecto a este tema, lo invitamos a ponerse en contacto con la DIAN o algún contador de su confianza y pida que lo asesoren. Siempre lo mejor es levantar la mano y preguntar.

 

Otros artículos que te pueden interesar: 

Cómo acceder a financiamiento para tu negocio en Estados Unidos

Sobre Impuestos y criptomonedas

Image
Sobre el autor
Image
Lorena Suarez B
Diseñadora Industrial y estratega digital. Tiene experiencia en desarrollo de estrategias y gestión de proyectos, amplio conocimiento de la industria publicitaria digital. Apasionada por los viajes, la escritura y el deporte.